Mié. Sep 18th, 2024
Dos mujeres mostrando por primera vez las piernas descubiertas en un lugar público (Toronto, 1937)

Piedra de Toque

La igualdad de género en la cultura no es inmune a las desigualdades y la discriminación que se extienden a otras áreas de la sociedad. Recibe la influencia de un contexto más amplio que incluye otras formas de categorización social, tales como clase, raza, nivel de pobreza, etnia, religión, edad, discapacidad y estado civil, que pueden conllevar desventajas.

¿Por qué igualdad de género y cultura?

El género es una construcción cultural y social, definida por las relaciones de poder entre hombres y mujeres y por las normas y valores relativos a los roles “masculinos” y “femeninos” con respecto al comportamiento. La interpretación cultural y la negociación del género resulta fundamental para la identidad (lo que incluye la identidad de género) de las personas y sus comunidades. El género no se entiende universalmente de la misma manera entre las diversas culturas y puede tener múltiples definiciones en las distintas comunidades, más allá de la dicotomía masculino-femenino.

La igualdad de género en la cultura no es inmune a las desigualdades y la discriminación que se extienden a otras áreas de la sociedad y recibe la influencia de un contexto más amplio que incluye otras formas de categorización social, tales como clase, raza, nivel de pobreza, etnia, religión, edad, discapacidad y estado civil, que pueden conllevar desventajas.

La igualdad de género ha sido ampliamente reconocida como un objetivo principal de desarrollo y un derecho humano. Durante las cuatro décadas pasadas, ha habido un progreso significativo en materia de esfuerzos internacionales para promover a las mujeres como actoras empoderadas en el desarrollo, mientras que, al mismo tiempo, se ha asegurado que hombres y niños se involucren en los esfuerzos para reducir las brechas de género en cuanto a oportunidades y derechos.

En las presentes décadas, la cultura –en toda su variedad de formas, expresiones, prácticas y conocimiento– ha ganado reconocimiento internacional como facilitadora y conductora del desarrollo. Esto está bien expresado en la Declaración de Hangzhou: Situar la cultura en el centro de las políticas de desarrollo sostenible, aprobada en 2013 en la conferencia epónima organizada conjuntamente por la Unesco y la República Popular de China. Este documento emblemático destaca el papel de la cultura como facilitadora y conductora esencial del desarrollo. Como facilitadora, la cultura es “fuente de significado y energía, un manantial de creatividad e innovación”, y como conductora contribuye “al desarrollo social, cultural y económico inclusivo, a la armonía, sustentabilidad ambiental, paz y seguridad”. A su vez, está comprobado que las políticas de desarrollo sensibles a los contextos culturales, son un determinante fundamental para asegurar resultados más sostenibles. La comprensión del potencial de la cultura como facilitadora y conductora de un desarrollo sostenible, también ha generado conciencia internacional y nacional de que las oportunidades y los recursos deben ser respaldados por esfuerzos para asegurar el acceso de todos a la cultura en primera instancia.

Sustentadas ampliamente por la creciente evidencia de lo desventajosas que resultan la discriminación y la desigualdad para los resultados en el desarrollo (Banco Mundial, 2012; PNUD, 1995; OCDE, 2012), las intervenciones internacionales y nacionales en el desarrollo han dirigido sus focos hacia la igualdad de género, como vehículo fundamental en el desarrollo sostenible y equitativo (Resolución 60/210 de la Asamblea General, del 22 de diciembre de 2005). En el año 2000, se identificó a la igualdad de género como Objetivo de Desarrollo del Milenio N° 3, en reconocimiento a su poder catalítico positivo para otros objetivos de desarrollo. Y queda aún un objetivo independiente sobre igualdad de género, con la perspectiva de género atravesando otros objetivos, como un área prioritaria en las discusiones recientes del marco para el desarrollo post-2015. En la publicación titulada El futuro que queremos para todos (Naciones Unidas, 2012b) el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas para la Agenda de Desarrollo post- 2015 instó a transformar las barreras estructurales que refuerzan la difundida permanencia de desigualdades de género y un progreso desigual de desarrollo entre mujeres y hombres, niñas y niños. Además, se resaltó el papel integral de la igualdad de género en la obtención de un desarrollo sostenible a través de la cultura en la resolución 68/223 de la Asamblea General del 20 de diciembre de 2013, sobre Cultura y Desarrollo Sostenible, que instó a los Estados miembros a “asegurar que las mujeres y los hombres tuvieran igual acceso, participación y contribución a la vida cultural y a la toma de decisiones, y además a comprometerse al desarrollo de políticas y programas culturales con perspectiva de género, en los ámbitos local, nacional e internacional de modo de promover la igualdad de género y el empoderamiento de mujeres y niñas” (art. 11c).

Como los derechos humanos constituyen una garantía de las libertades y capacidades fundamentales, representan una importante dinámica interna de desarrollo para los individuos y la sociedad en su conjunto. El ejercicio de todos los derechos universales, indivisibles e interdependientes, atañe a todos los aspectos de la sociedad y el goce de los derechos en un área depende también de la realización de los derechos en otra. En todas las áreas de la cultura, los derechos humanos son precondición para el enriquecimiento de la diversidad cultural y para la concreción de la creatividad humana. Incluyen la libertad de expresar, elegir, intercambiar y compartir libremente pensamientos, ideas e información.

El derecho a participar libremente en la vida cultural de la comunidad, disfrutar del arte y compartir los avances científicos y sus beneficios, está contemplado en la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General en 1948. A lo largo de los últimos sesenta años, los derechos humanos han comenzado a destacarse, ya sea implícita o explícitamente, en las disposiciones de acuerdos internacionales, incluidos los instrumentos normativos de la Unesco, en materia de cultura, entre otros, la Recomendación sobre el Estado del Artista (1980), la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural, Unesco (2001), la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial (2003) y la Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales (2005).

En referencia a la cultura de forma más general, las distintas disertaciones sobre igualdad de género y desarrollo se han enfocado en la compleja relación entre diversidad cultural y derechos humanos, incluidos los derechos de la mujer. Las prácticas discriminatorias que transgreden o violan los derechos de las mujeres y las niñas, tales como la mutilación genital femenina (MGF), casamiento temprano, violencia doméstica o leyes de herencia se han destacado en las discusiones internacionales sobre cultura e igualdad de género. Esto ha llevado a una desafortunada y errónea combinación entre prácticas tradicionales perjudiciales y “cultura”, en donde los derechos humanos, particularmente los derechos de las mujeres, han sido refutados alegando que ellos eran conceptos ajenos a “nuestra cultura”. La idea universal de derechos humanos también ha sido objeto de controversia por considerarse un concepto “occidental” y etnocéntrico, que limita la aplicación dentro de ciertos sistemas de gobernanza y sistemas jurídicos. De esta forma, el debate relativismo versus universalismo con relación a derechos humanos, y específicamente a los derechos de las mujeres se ha mantenido como un punto importante en la agenda.

Existe importante y creciente material de investigación que refuta y desafía esta asociación negativa generalizada. El respeto por la dignidad humana no es exclusivo de una región geopolítica en particular, o una visión determinada del mundo o una determinada ética o determinado pueblo; sostiene la mayoría de las culturas, los textos religiosos y los sistemas de gobernanza en el mundo entero. Los informes emblemáticos emitidos por el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA, 2008), la Relatora Especial en materia de derechos culturales y los distintos aportes y estudios de caso de este informe demuestran la importancia de analizar, resolver y comprender las (desiguales) relaciones de poder en cuanto al género que respaldan las prácticas discriminatorias. La cuestión de poder dentro de las relaciones de género reviste una singular importancia en la discusión, ya que las desigualdades se refieren a jerarquías más que a diferencias. Las desigualdades de género están insertas en muchas instituciones de las sociedades, desde la familia hasta el Estado. Una visión analítica y crítica de esta cadena nos llevará, por tanto, a analizar cómo estas estructuras de poder afectan, de manera diferente, a mujeres, hombres, niños y niñas.

El marco de derechos humanos presenta una guía clara para resolver esta tensión. Por ejemplo, la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural de Unesco, detalla claros principios para detectar potenciales conflictos entre diversidad cultural y derechos humanos: “Nadie puede invocar la diversidad cultural para violar los derechos humanos garantizados por la ley internacional ni limitar su alcance”. Se basa en el importante conjunto de material sobre derechos humanos internacionales, recomendaciones e informes desde la aprobación, en 1966, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Icescr). Por ejemplo, tal como hace hincapié el Comentario General 21 acerca del derecho de cualquier persona a formar parte de la vida cultural, es obligatorio para los Estados partes asegurar la igualdad entre hombres y mujeres, con respecto al derecho a participar en la vida cultural, mediante la eliminación de “obstáculos institucionales y legales, así como también aquellos que se basan en prácticas perjudiciales, incluidas aquellas atribuidas a las costumbres y tradiciones”.

La Relatora Especial en materia de derechos culturales identifica claramente los tres componentes principales e interrelacionados del derecho que forman parte de la vida cultural: (a) participación; (b) acceso; y (c) contribución a la vida cultural. El reconocimiento de la importancia del género y los derechos culturales dentro del amplio sistema de derechos humanos otorga un nuevo impulso para el reconocimiento y la formación de las capacidades de cada persona y de los recursos disponibles dentro de su ambiente.

La diversidad cultural es ampliamente compatible con los derechos humanos y ciertamente, juntos, constituyen los ingredientes clave para la construcción del “futuro que queremos”. El respeto a la humanidad en toda su diversidad se basa en la igualdad y la no discriminación, y constituye el alma de los derechos humanos.

En ningún otro ámbito como la cultura podemos experimentar tan claramente el alcance y el potencial de la diversidad del ser humano, a través de nuestro patrimonio y creatividad. La igualdad de género en la vida cultural reconoce que ningún miembro de la sociedad debe ser privilegiado o desfavorecido con respecto a sus derechos, elecciones, oportunidades, beneficios y libertad, en razón de que hayan nacido mujer o varón, o se los identifique dentro de esa categorización.

Aunque las políticas y la legislación son fundamentales, constituyen solo el primer paso. Un desafío aún mayor es avanzar hacia la puesta en práctica en este terreno. Esto conlleva el deseo de que se garantice, en todos los niveles, que todos los seres humanos puedan experimentar y sentir la igualdad de oportunidades. Las percepciones de género se originan dentro de las culturas y entre ellas, y varían también dentro de cada una y en relación con las otras. Sin embargo, en todas las culturas el género determina el poder y los recursos para las mujeres y los hombres.

La desigualdad arraigada en el género es tanto una cuestión de derechos humanos como una instancia de desarrollo. La equitativa participación de hombres y mujeres en la sociedad no es solamente un derecho legítimo sino también una necesidad social y política para lograr un desarrollo sostenible. Como los derechos humanos garantizan las capacidades fundamentales, constituyen una importante dinámica interna para el desarrollo, tanto de los individuos como de la sociedad en conjunto. El desarrollo se basa en la capacidad de hombres y mujeres para hablar, moverse, trabajar y elegir libremente. La promoción de la igualdad de género no es exclusiva de las mujeres, y es necesario entender precisamente cómo forjar una sociedad entre hombres y mujeres, y cómo los hombres pueden también detectar los obstáculos a la igualdad de género para asegurar un desarrollo sostenible para todas y todos. En la actualidad, existe creciente material de investigación y trabajo en el ámbito local, que ha destacado los beneficios de involucrar a las mujeres y a los hombres en el apoyo a la igualdad de género, en lo que comúnmente se reducía a una “cuestión femenina”. Debe considerarse un asunto que atañe a todas las personas.

Como los derechos humanos garantizan las capacidades fundamentales, constituyen una importante dinámica interna para el desarrollo, tanto de los individuos como de la sociedad en conjunto. El desarrollo se basa en la capacidad de hombres y mujeres para hablar, moverse, trabajar y elegir libremente.

Para avanzar en esta área, debemos desarrollar una conciencia precisa de los casos en los que la cultura es la causa –en vez de la excusa– de desigualdades. Debemos cuestionar hasta qué punto el prejuicio es producto de la ignorancia, oculto tras las barreras de la tradición. La igualdad de género significa que cada persona tiene el derecho de vivir una vida satisfactoria de acuerdo con sus propios valores y aspiraciones. Los logros en materia de derechos humanos de las últimas décadas no deben subestimarse, y las leyes relativas a discriminación e igualdad se han vuelto cada vez más sofisticadas en las distintas jurisdicciones. La cultura nunca es estática y está en constante evolución. Las prácticas culturales evolucionan o se descartan conforme cambian las percepciones de la comunidad y se siguen alternativas. Sin embargo, estructuras más profundas de discriminación insertas en los sistemas e instituciones de la sociedad han demostrado ser considerablemente resistentes. Estas estructuras tienen una influencia duradera, delinean las creencias de la gente, el sentido de identidad y la aceptación del statu quo como “natural”.

En consecuencia, este informe es muy oportuno. El antiguo consenso internacional sobre este tema demuestra lo pertinente que resulta dirigir nuestra mirada a la intersección entre igualdad de género y acceso, contribución y participación en el patrimonio y la creatividad. En junio de 2014 ONU Mujeres llamó la atención de la comunidad internacional para terminar con la desigualdad de género en el año 2030. Este desafío destaca la necesidad de aumentar los esfuerzos consolidados si se quiere lograr este objetivo. La desigualdad de género ha sido una cuestión mundial relevante durante mucho tiempo, y la discusión sobre la igualdad de género está condicionada por el hecho de que no es una cuestión nueva. Se han desarrollado indicadores, se han probado cupos, se han tildado recuadros en cuestionarios, todo con el argumento común de no emplear estos métodos porque finalmente el foco se mueve y en vez de crear más arte y talento da como resultado un ejercicio de ingeniería social. De todos modos, lo que es más importante es el peligro de que la verdadera cuestión continúa enmascarada o, en gran medida, sin resolver.

Por medio del patrimonio y las industrias culturales y creativas, podemos entender realmente que el estatus de la mujer en la sociedad, ya sea política, legal, social o económicamente, ha sido restringido de forma drástica en la mayor parte del mundo durante largos periodos de la historia de la humanidad. Existe la necesidad de determinar hasta qué punto es realmente inclusivo y participativo el proceso total de identificación, interpretación, conservación/protección y administración del patrimonio. Los papeles de mujeres y hombres, desarrollados y moldeados por nuestras historias, también impactan sobre la capacidad y el alcance del acceso, la participación y la contribución de mujeres y hombres a la cultura.

METODOLOGÍA Y ALCANCE

Como bien ilustra este informe, la cultura puede ser un aliado íntimo de la igualdad de género. El informe apunta a consolidar las principales investigaciones, estadísticas y estudios de caso en el campo de la cultura y la igualdad de género, con foco especial en la creatividad y patrimonio, como aporte a los debates internacionales en la agenda post-2015. Intenta comparar el progreso a la fecha y propone recomendaciones a los gobiernos, los encargados de tomar decisiones, la comunidad internacional y la sociedad civil.

Este panorama mundial se basa en el trabajo normativo y programático de la Unesco y se complementa con investigación de los distintos departamentos y los aportes pertinentes de la Relatora Especial en la esfera de los derechos culturales, representantes gubernamentales, grupos internacionales de investigación y comités de expertos, así también como académicos, artistas y de profesionales en el campo del patrimonio. Se han analizado algunos subsectores culturales desde una perspectiva de género, con el propósito de generar entendimientos matizados de las peculiaridades y diferencias entre estos subsectores. Durante el proceso editorial, la necesidad de identificar las dos prioridades mundiales de la Unesco, Igualdad de Género y Prioridad África, ha respaldado el desarrollo de esta publicación.

El alcance del informe no pretende cubrir el espectro total de la cultura; utiliza el mandato exclusivo de la Unesco, basado en las recomendaciones y resultados de los recientes informes de Naciones Unidas y las resoluciones de AGNU, el Plan de Acción sobre Políticas Culturales al Servicio del Desarrollo de la Conferencia de Estocolmo (1998a), UNFPA (2008) y los documentos de investigación, informes y normativas de la Unesco. También han contribuido al contenido del informe las experiencias de las y los colegas de la sede de Unesco y de las oficinas de terreno. En agosto de 2013 se envió un cuestionario a todos los 195 Estados miembros, y fue ampliamente difundida a través de las oficinas de terreno de Unesco, las redes de las Cátedras Unesco y los medios de comunicación masiva una solicitud a organismos no gubernamentales de presentación de trabajos de investigación y estudios de caso. Aunque los resultados de 31 Estados miembros que respondieron al cuestionario no pueden considerarse representativos a nivel mundial, se llegó a un punto de referencia para entender mejor las brechas políticas y las oportunidades, y para destacar las buenas prácticas en esta área. También se han incorporado oportunamente en esta publicación las presentaciones resultantes de la solicitud a las ONG, obtenidas de la sociedad civil y de instituciones de investigación.

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