Dom. May 19th, 2024
Duelo-Mourning Chiapas, México, 1975 Fotografía de Graciela Iturbide

José Luis Puga Sánchez

En 2009 el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) modificó su reglamento de asistencia técnica, jurídica y logística para las comunidades que se rigen bajo el sistema normativo de usos y costumbres, pero los procedimientos recibieron rechazo en comunidades. El ITE intentó una consulta, pero sin respetar los procedimientos en las localidades consultadas y un nuevo rechazo sucedió. El caso fue llevado por las propias comunidades al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), cuya sala regional en la ciudad de México resolvió que se repusiera el proceso, pero con una consulta previa e informada a las 94 comunidades que oficialmente en Tlaxcala se rigen por el sistema de usos y costumbres, empero, el ITE ha permanecido inerte, sin atender la resolución del tribunal.

Paralelamente, esas mismas 94 comunidades han emprendido, en trabajo coordinado, un proceso similar en busca de lograr, por ley, diputaciones indígenas locales. El caso fue llevado ante el Tepjf, cuya sala regional en CDMX dictaminó que el caso fuese llevado a consulta ante las 94 comunidades con estatus de usos y costumbres, pero el Congreso de Tlaxcala ha cerrado ojos y oídos y se niega a caminar.

Pero, además, a partir del caso de Santa Justina Ecatepec, donde desde la presidencia municipal se trató de imponer a una persona como autoridad local, intentona abortada por la comunidad en su conjunto con el escudo de su autonomía indígena consignada en ley y en la propia Constitución, otros casos similares han sucedido en diversas localidades.

La temática fue abordada en el seminario permanente Etnografía de Tlaxcala coordinado por el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), donde se habló de “El derecho a la consulta de los pueblos originarios frente al Estado mexicano. Caso de estudio: las 94 comunidades indígenas y equiparables en Tlaxcala que se rigen por sistemas normativos comunitarios”.

Y la lucha de resistencia colectiva inició en Santa María Ixcotla y en San Felipe Cuauhtenco alrededor de dos años atrás, en 2021, después de un largo peregrinar en cumplimiento de la tramitología para intentar corregir la reforma del ITE.

Marcos Pluma Xochitemol, hijo del expresidente de comunidad de Guadalupe Ixcotla, Chiautempan, explica que en el reglamento reformado e impugnado existen normativas no propias para la misma comunidad, como que el representante del ITE debería levantar el acta de resultados, en donde la comunidad es quien nombra, por ejemplo, la mesa de debates y quien lleva la asamblea. El secretario es quien levanta el acta de asamblea y únicamente se notificaría al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones los resultados de las elecciones que se llevan bajo ese sistema. Pero el reglamento estipulaba que el observador del ITE debería levantar esa acta. “Son cosas no reglamentadas en las comunidades y siempre bajo responsabilidad de la misma comunidad y no personas externas”, argumenta.

En Ixcotla, por ejemplo, se nombra a las autoridades mediante asamblea, que es la máxima autoridad en la comunidad. En los cargos religiosos y para la presidencia de comunidad se lleva una forma de escalafón.

A su vez, Crispín Pluma Ahuatzi, expresidente de comunidad de Ixcotla, acusa que “en Ixcotla, donde fui autoridad, nos querían imponer, a fuerza, al presidente municipal. El ITE se metió mucho, no me quería dejar ser autoridad hasta que fuimos a la sala regional (del tribunal electoral) y ahí les dijeron que nosotros teníamos derechos de elegir nuestra autoridad por asamblea. El ITE nos quería envolver que en el estado el ITE son los que manejan las presidencias de comunidad… pero no fue así. Desde la sala regional les dijeron que nosotros somos autónomos, y nosotros decidimos, y nosotros hacemos lo que el pueblo decida, por eso se hacen las asambleas aquí en el pueblo y la asamblea es la máxima autoridad la que nos rige, lo que rige a un pueblo de usos y costumbres”.

Juan Cocoletzi Conde, ex presidente de comunidad de San Felipe Cuauhtenco, Contla, en el ejercicio 2017-2021, insiste que la consulta debe ser previa e informada para que “nuestra ciudadanía” pueda tomar decisiones e involucrarse en el tema, “que de alguna manera afecta directamente en las decisiones y desarrollos de nuestra comunidad”.

En Cuauhtenco aseguró que las decisiones de mayor importancia siempre se toman en asamblea, donde se hace una consulta donde el requisito inicial es proporcionar información general del tema a tratar.

Pluma Ahuatzi informó que la primera reunión de las comunidades que se rigen por usos y costumbres tuvo lugar en Cuauhtenco, la segunda se desarrolló en Santa Justina Ecatepec, “donde llegaron un poquito más de gentes, más presidentes, ahorita en Cuauhtenco llegaron como 20 y en Santa Justina llegaron alrededor de 35, la tercera reunión se hizo en Españita y está por realizarse la cuarta reunión en Amaxac de Guerrero. Queremos que el gobierno vea que estamos unidos y que como tlaxcaltecas vamos a defender nuestros derechos” en las 94 comunidades.

Cocoletzi Conde subrayó que como resultado de los dictámenes del Tepjf, el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones debió haber realizado una consulta cuyo requisito previo es la realización de asambleas de información. La consulta debió realizarse en una nueva asamblea, para determinar si queda o se modifica el reglamento de elecciones del estado de Tlaxcala que asiste a las 94 comunidades para su elección de autoridad por usos y costumbres. Pero “el ITE hizo caso omiso y quiso poner sus formas, sus aplicaciones técnicas, en donde simula que a través de instituciones, en este caso el INPI, para que pudiera asistirle y desarrollar esas supuestas asambleas, que realmente no son asambleas, son imposiciones desde su punto de vista técnico para poder cumplir una sentencia del Tribunal, en donde ellos aparentemente cumplen, sin embargo, conforme a las normas y formas de organización de nuestras comunidades, realmente no están acatando las instrucciones en la sentencia, por lo cual se tuvo que impugnar para que se lleve a cabo tal cual cada comunidad, pues cada comunidad es peculiar en su forma de organización, aunque en la semejanza somos usos y costumbres, pero en la diferencia es en su momento hasta extrema debido a sus formas de organización y que de alguna manera nos funciona en cada comunidad. Como ejemplo, en Cuauhtenco, en el desarrollo de infraestructura, todavía practicamos el tequio, que son las tareas comunitarias, y todo eso primero se consulta en asamblea, ahí se determina y se hacen los trabajos, las tareas, o bien las cooperaciones en efectivo, y eso nos funciona muy bien”.

En el segundo tema, correspondiente a la ausencia de una representación indígena real en el Poder Legislativo local, Cocoletzi asentó rotundamente que “todo es político y en la elección pasada se dieron las fórmulas indígenas, pero los cargos de supuestos indígenas los tienen personas que no saben ni hablar la lengua, ni siquiera tienen las formas de usos y costumbres en su comunidad. Entonces están haciendo una usurpación de representación”. Y, lacónico, sentenció: “Están viciados los partidos políticos”.

Marcos Pluma refuerza la exigencia al remarcar que no hay en Tlaxcala legislación que incluya diputaciones por sistemas normativos comunitarios, “siendo que tenemos 94 comunidades que nos regimos bajo ese mismo sistema. Se ha ordenado también a la Cámara de Diputados consultar, pero se ha hecho caso omiso”.

Juan Cocoletzi Explica las razones de su búsqueda de representatividad: pedimos una consulta para que pudiéramos tener una representación en el Congreso local, para que también se pueda legislar en beneficio de nuestras comunidades y no verlas como una más que a la mejor desde el punto de vista político estorba, en cuanto a las decisiones, ya que en nuestro caso evitamos la manipulación política, pues nuestras decisiones son internas, en donde no permitimos que llegue la prensa en forma directa si es que no se le autoriza. Nada más escuchar, pero no tomar ni videos ni fotografías, pues el respeto que tenemos en cuanto a nuestras formas y organizaciones internas”.

Ignacio Rodríguez Hernández, presidente de comunidad en Santa Justina Ecatepec, Ixtacuixtla, aviva el sentir colectivo: “Nuestros pueblos como que habían sido sepultados, estaban encasillados en una cláusula del olvido. Comisión del agua, comisión de comandantes, comisión de juez, comisión de glosa… Teníamos como 12 a 15 años que eso se había perdido, principalmente por intereses personales, porque esas comisiones que funcionan aquí como auditores, porque ya no había a quien rendir cuentas, ya no había quien hiciera los cortes de caja y gracias a esos usos y costumbres, volvemos a retomar aquí en Ecatepec las cuentas claras. Y así hemos alcanzado un poquito más de meta en la obra, un poquito más que la gente se involucre. Ha costado mucho porque la juventud ahora ya no sabe lo que son los usos y costumbres. Se ha politizado tanto, los partidos políticos se han metido mucho en Ecatepec. Pero esa burbuja de miedo, esa burbuja del olvido ya se rompió. Ya caminamos en esa línea de usos y costumbres”.

En su transitar legal, las autoridades y ex autoridades comunales han tenido el acompañamiento de dos investigadoras, la doctora Elisa Cruz Rueda, profesora-investigadora por la Universidad Autónoma de Chiapas, y la doctora Parastoo Anita Mesri Hashemi-Dilmaghani, postdoctorante por la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca.

Elisa Cruz Rueda asienta que Ixcotla y Cuauhtenco inician una lucha que es abrazada por las 94 comunidades en Tlaxcala y “aunque se les ha querido invisibilizar diciendo que son equiparables, que se parecen a… comunidades indígenas o que son casi como… indígenas, ellos insisten y son la representación viva de que los pueblos originarios en Tlaxcala existen y siguen vivos. Ellos relatan cómo realizan sus consultas internas, porque son expertos en deliberar sus asuntos, pero también los asuntos que los relacionan con el gobierno, los relacionan con el Estado, los relacionan con una serie de instituciones, tienen que estar en deliberación constante a partir de la asamblea comunitaria, órgano máximo de decisión de una comunidad”.

El problema –apunta- es que en México la consulta a los pueblos indígenas es un deber del Estado mexicano, por el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); sin embargo, “el Estado mexicano, una tras otra, tras otra, violenta del derecho de los pueblos. A esa obligación hay un correlativo que es el derecho y es el derecho de los pueblos originarios, de los pueblos indígenas, en este caso de Tlaxcala, de participar. Esa participación, lo señala el convenio 169 de la OIT, como la Constitución federal, que es el pacto federal, tiene que ser conforme a sus formas culturales de organización. En este punto es donde el Estado mexicano, a través de sus instituciones, en este caso el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), ha violentado el derecho de las comunidades indígenas de Tlaxcala, de poder ser realmente consultados. El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones no quiere respetar su libre determinación que, de acuerdo a la Constitución mexicana, en su artículo segundo, es la expresión de la autonomía y la autonomía es el corazón, es la madre, es el derecho madre de los derechos de los pueblos indígenas”.

Las autoridades de Cuauhtenco y de Ixcotla -recalca Cruz Rueda- lideraron la elaboración de lo que llamamos lineamientos de consulta, que a final de cuentas son las reglas de operación que ellos ponen frente al ITE, diciéndole: de acuerdo, nos puedes consultar, pero aquí están nuestras reglas, cómo queremos ser consultados, porque los pueblos indígenas no somos iguales, tenemos formas distintas de organización. Y en estos lineamientos estamos poniendo cómo queremos ser consultados, las reglas de la consulta. Primera regla: diseñemos la consulta. Segunda regla: Pásame la información y si hablo náhuatl, lo tienes que decir en náhuatl y en la variante del náhuatl que yo hable; Y si esta información tiene tecnicismos que no pueda manejar un intérprete o un traductor en mi lengua, ese intérprete debe tener el auxilio de un experto en la materia. Y en este caso los representantes de los pueblos indígenas pusieron en esos lineamientos una lista de expertos que consideran tienen el conocimiento, y además en quienes confían les darán la información de manera clara y sin maquillajes.

Se ha llamado “auto consultas” a este procedimiento –explica la doctora-  pero no es así. Es su manera de ejercicio de su libre determinación, de su autonomía. Pero se pone en esa lógica de “auto consultas” como una manera de contraponerse a las consultas que hace el Estado, sin realmente tomar en cuenta a las comunidades en esas formas de cómo ellos deliberan y cómo resuelven y toman decisiones.

Esto ha sido respaldado, además, por los relatores de Naciones Unidas y las relatoras de la Organización de Estados Americanos sobre pueblos indígenas, donde señala que los Estados tiene el deber de consultar, pero los pueblos indígenas también tienen el derecho de poner sus reglas de consulta de la manera como ellos quieren tomar sus decisiones de aquellos asuntos que el Estado les ponga a consideración. O bien, cuando las decisiones del Estado, legislativas, administrativas, jurisdiccionales, afectan sus derechos autonómicos.

Este derecho, estos lineamientos ha sido puestos frente al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones por las 94 comunidades indígenas en Tlaxcala. Y han hecho uso del derecho electoral para recurrir a la sala regional, porque la sala estatal del ITE “está claramente inclinada a una forma de pensamiento que no es el comunitario, es el partidista electoral”.

La doctora Parastoo Anita Mesri Hashemi-Dilmaghani aclaró dudas sobre la pertinencia de sus estudios: Están tomadas muy en cuenta las diferencias de contextos de cada entidad federativa. Estamos inmersos en el contexto de comunidades nahuas tlaxcaltecas y cuando se habla de equiparables, estamos en un contexto cultural muy antiguo, pero gente de fuera, principalmente el gobierno, que ha querido ir reduciendo a través de ciertos indicadores, como quienes hablan o no el náhuatl, ir reduciendo supuestamente el número de la población, pero en un lugar como Tlaxcala es imposible. Tlaxcala tiene rasgos que nadie puede negar.

Mediante el juicio –recalca- se ganaron dos consultas: una a cargo del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones y a otra a cargo de la Cámara de diputados local. La consulta iniciada por el ITE nunca ha sido conforme a los lineamientos que las mismas comunidades presentaron. La Cámara de Diputados simplemente se ha negado a iniciar la consulta, en desafío total. Tenemos aquí un uso contra hegemónico del derecho.

Asegura ser la vez primera que experimenta la unión de tantas comunidades para protestar “simulaciones” de consulta y que la institución a cargo ha anunciado que suspende, suspende “por su mala fe. El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones no ha estado dispuesta, como institución, a realizar en asamblea de las 94 comunidades las fases informativas, luego retirarse y permitir que cada comunidad de la asamblea diga sí o no a su propuesta de reglamento. Hay un uso contra hegemónico del derecho, es un proceso en el cual ha habido ya tres reuniones de las 94 comunidades, algo histórico en que las mismas autoridades comunitarias personalmente van, comunidad a comunidad, a convocar a las autoridades a asistir y hablar de temas en común, incluyendo esas dos consultas y otros temas”.

En el caso de Santa Justina Ecatepec, Parastoo Mesri señala que hubo un intento de intervenir del municipio en un proceso comunitario, por lo que la sala regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación “claramente dijo que no tiene ninguna injerencia en las comunidades en su nombramiento de autoridades, cuando se rigen por sistemas normativos propios, y mandó a respetar la decisión de la comunidad, en este caso ratificar los nombramientos. En Ecatepec son nombramientos de dos años que, de acuerdo al desempeño, puede ser duplicados a petición de la comunidad. En este caso se pidió al presidente de comunidad continuar otro periodo en el cargo y el tribunal ordena respetar esa decisión”.

Las sentencias todas han sido emitidas por el Tepjf, “lo que evidencia que el Instituto Electoral de Tlaxcala y el Tribunal Electoral de Tlaxcala no han sido capaces de espetar los hechos colectivos y tampoco ha tenido el deseo de hacerlo. Se ha tenido que salir del estado para tal fin”.

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